GACETA OFICIAL DE LA CDMX.
Julio 31, 2024
La Arquitecta Myriam Vilma Urzúa Venegas, secretaria de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, tiene a bien dar a conocer al público en general el DECRETO siguiente:
TERMINOS DE REFERENCIA PARA PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN CIVIL
Los presentes Términos de Referencia rigen en todo el territorio de la Ciudad de México y aplican para la elaboración de PEPC, por parte del promotor, organizador, productor, alcaldía, dependencia, órgano desconcentrado, organismo descentralizado, autónomo o entidad de la Administración Pública de la Ciudad de México y del ámbito federal que lleve a cabo un Evento en áreas o inmuebles diferentes al uso habitual, a través de un ROPC o ROPC Institucional.
El objetivo es establecer los parámetros a los que habrá de sujetarse la elaboración de PEPC para eventos que se celebren en la Ciudad de México, en áreas o inmuebles diferentes al uso habitual de diseño original por parte del promotor, organizador, productor, alcaldía, dependencia, órgano desconcentrado, organismo descentralizado, autónomo o entidad de la Administración Pública de la Ciudad de México y del ámbito federal que lleve a cabo un evento por sí o a través de un ROPC o ROPC Institucional.
Las obligaciones de los promotores, organizadores y productores del evento son:
Identificar los elementos, requerimientos y documentos para la elaboración, integración y registro del PEPC en la Plataforma Digital.
Elaborar y registrar el PEPC, a través de un ROPC o ROPC Institucional.
Contar con identificación y análisis de riesgos de conformidad con los numerales 9.1 al 9.4.
Contar con Constancia o Dictamen Técnico de Seguridad Estructural para las estructuras temporales, en los términos del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.
Instalar equipo contra incendio suficiente y adecuado al riesgo de incendio del evento, conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010, Condiciones de seguridad-prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo o la que la sustituya.
Instalar las señalizaciones de conformidad con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB-2011, Señales y avisos para protección civil. – Colores, formas y símbolos a utilizar, o la que la sustituya.
Disponer de equipos, materiales y cuanto sea necesario de acuerdo con el tipo de actividad que permitan prevenir y mitigar riesgos que vulneren la vida y la integridad física de las personas que trabajan o acuden al Evento Masivo.
El PEPC del evento, deberá contemplar en su desarrollo y en sus planes de emergencia los Food Trucks.
Exhibir a la Secretaría o a la Alcaldía, cuando así lo soliciten, la información y documentación que los presentes Términos de Referencia les obliguen a elaborar o poseer en materia de gestión integral de riesgos y protección civil.
Contar con el visto bueno para prevención de incendios en espectáculos masivos y deportivos del Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México.
El Acuerdo entrará a los veinte días naturales siguientes al día de su publicación.
Si desea conocer más información, por favor,