GACETA OFICIAL DE LA CDMX.

Marzo 19, 2025

El Director General de Gobierno y Asuntos Jurídicos, Lic. Roberto Mejía Méndez, tiene a bien expedir y dar a conocer al público en general el ACUERDO siguiente:

SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES UBICADOS EN TLÁHUAC.

FESTIVIDAD

FECHA

COLONIAS, BARRIOS Y PUEBLOS

“Festividad de Nuestro Santo Patrono el Sr. de Mazatepec”

Del 03 al 13 de abril de 2025

Colonias y Barrios del Pueblo de San Francisco Tlaltenco.

“Festividad Religiosa en Honor a Padre Jesús, Cuarto Viernes de Cuaresma 2025”

Del 27 al 31 de marzo de 2025

Colonias y Barrios del Pueblo de San Santa Catarina Yecahuitzotl

“Fiesta Patronal del Señor San José”

21, 22 y 23 de marzo del 2025

En la Colonia la Estación

“Feria Anual de Nuestra Colonia en Honor al Santo Patrono San José”

Del 19 al 23 de marzo del 2025

Colonia San José del Pueblo de San Pedro

“Carnavales de San Juan Ixtayopan 2025”

30 de marzo, 06 y 26 de abril y 04 de mayo del 2025

Colonias y Barrios del Pueblo de San Juan Ixtayopan

“Carnavales de San Pedro Tláhuac 2025”

20, 21, 26 y 27 de abril de 2025

Colonias y Barrios del Pueblo de San Pedro Tláhuac

Se ordena la suspensión de actividades para la venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado, así como en envase abierto y /o al copeo en todas sus graduaciones, de las 00:00 horas a las 24:00 horas durante los días indicados del año 2024, en los establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro territorial en los que se llevaran a cabo cada uno de los carnavales y sus zonas aledañas, todos de la Alcaldía Tláhuac, que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de las ferias, festividades, y tradiciones populares en la vía pública.

Queda prohibido dentro del perímetro que comprende la demarcación territorial en Tláhuac en las fechas señaladas, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.

Se eximen de la aplicación del presente Acuerdo, a los establecimientos mercantiles de impacto vecinal que expendan alimentos preparados (no botana) que cuenten con autorización para la venta de bebidas alcohólicas al copeo, solamente durante el horario que les permite su Permiso.

Las violaciones al presente Acuerdo, serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, el Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables. El presente entrará en vigor el día de su publicación.

El Acuerdo entrará en vigor a partir del día de su publicación.

Si desea conocer el documento completo y su anexo, por favor,

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  55 36-85-22-69 Exts.: 1446, 1450 al 1455 y 3023

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