GACETA OFICIAL DE LA CDMX.

Junio 28, 2024

El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Dr. Martí Batres Guadarrama, tiene a bien dar a conocer al público en general el ACUERDO siguiente:

SE EXPIDE EL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES CON GIRO DE RESTAURANTES Y VENTA DE ALIMENTOS PREPARADOS, DE BAJO IMPACTO Y DE IMPACTO VECINAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

El Presente Programa tiene por objeto fomentar la regularización de los establecimientos mercantiles con giro de restaurantes y venta de alimentos preparados, de bajo impacto y de impacto vecinal en la Ciudad de México, mediante el establecimiento de trámites ágiles y sencillos, dirigido a las personas propietarias, administradoras o responsables de dichos establecimientos.

Las personas propietarias, administradoras o responsables de los establecimientos mercantiles a que se refiere el presente programa deberán contar con lo siguiente:

  1. Aviso para el funcionamiento de establecimientos mercantiles con giro de bajo impacto o Aviso de Funcionamiento para establecimiento mercantil de impacto vecinal, presentado a través del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles;
  2. Registro del Programa Interno de Protección Civil, registrado por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, en caso de estar obligado a ello o la constancia que resulte conforme al resultado del Cuestionario clasificatorio del nivel de riesgo según sea el caso;
  • Certificado de uso de suelo correspondiente, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda;
  1. Póliza de responsabilidad civil y daños contra terceros vigente, emitida por una institución de seguros autorizada;
  2. En su caso, Aviso para la colocación en vía pública de enseres e instalaciones de establecimientos mercantiles, cuyo giro preponderante sea la venta de alimentos, presentado ante el Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles;
  3. Consulta para la evaluación y determinación de obligaciones ambientales en materia de Manifestación Ambiental Única para la Ciudad de México (MAU-CDMX), ante la Secretaría del Medio Ambiente en caso de restaurantes.
  • Aviso de funcionamiento y de responsable sanitario en la plataforma de Trámites y servicios de la COFEPRIS (DIGIPRiS), en la siguiente liga: https://digipris.cofepris.gob.mx/

La Secretaría de Desarrollo Económico será la encargada de coordinar las acciones para propiciar la regularización de los establecimientos mercantiles con giro de restaurantes y venta de alimentos preparados, de bajo impacto y de impacto vecinal, para lo cual dispondrá de un módulo físico de atención y asesoría a las personas propietarias, administradoras, arrendadoras o responsables de dichos establecimientos, para que cumplan con la normativa aplicable en la materia.

El módulo al que se refiere el párrafo anterior se instalará en el Centro Promotor de Inversión, ubicado en Avenida Cuauhtémoc, número 899, planta baja, colonia Narvarte, demarcación territorial Benito Juárez, código postal 03020, Ciudad de México, durante el periodo comprendido entre el 17 de junio y el 17 de septiembre de 2024, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas.

Durante el plazo señalado para la regularización administrativa a que se refiere el presente programa, el Instituto de Verificación Administrativa y las autoridades que intervienen en la implementación del mismo no impondrán la suspensión de actividades ni sanciones a los establecimientos mercantiles con giro de restaurantes y venta de alimentos preparados de bajo impacto y de impacto vecinal, que se acojan al presente Programa de Regularización, no obstante, los exhortarán a que se sumen al mismo, con el objeto de evitar medidas cautelares y sanciones una vez concluido el término de gracia.

Se exhorta a las Alcaldías para que, en el ámbito de sus atribuciones, se adhieran al presente programa de regularización administrativa otorgando facilidades administrativas y estableciendo una ventanilla especial para la atención de los trámites a que se refiere el mismo, y se abstengan de imponer sanciones a los establecimientos mercantiles con giro de restaurantes y venta de alimentos preparados de bajo impacto y de impacto vecinal que se encuentren en el proceso de regularización administrativa tomando en consideración a aquellos que son parte del presente programa de regularización.

Para más información por favor,

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