DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.

Junio 25, 2024

El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Dr. Martí Batres Guadarrama, tiene a bien dar a conocer al público en general la NOTA ACLARATORIA siguiente:

AL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 24 DE JUNIO DE 2024.

En la página 12, en el Artículo 189

Dice:

Artículo 189. Las personas físicas y morales que pretendan obtener el registro para elaborar Programas Internos para inmuebles y establecimientos de alto riesgo y Programas Especiales, además de los requisitos a que se refieren los artículos 185 y 186 del presente Reglamento, deberán presentar:

  1. Constancias de aprobación de los cursos a que se refieren las fracciones I y II del artículo 191 de la Ley, los cuales podrán acreditarse con el diplomado para la elaboración de Programas Internos y Programas Especiales o los que hagan sus veces, el cual tendrá vigencia por dos años;

II a III …

Debe decir:

Artículo 189. Las personas físicas que pretendan obtener el registro para elaborar Programas Internos para establecimientos mercantiles, industrias e inmuebles de alto riesgo y Programas Especiales, además de los requisitos a que se refieren los artículos 185 y 186 del presente Reglamento, deberán presentar:

  1. Constancias de aprobación de los cursos a que se refieren las fracciones I y II del artículo 191 de la Ley, los cuales podrán acreditarse con el diplomado para la elaboración de Programas Internos y Programas Especiales o los que hagan sus veces, el cual tendrá vigencia por dos años;

II a III …

La nota aclaratoria entra en vigor al día siguiente de su publicación.

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