GACETA OFICIAL DE LA CDMX.

Octubre 07, 2024

El Alcalde de Magdalena Contreras, José Fernando Mercado Guaida, tiene a bien expedir y dar a conocer al público en general el ACUERDO siguiente:

SE DECLARAN COMO DÍAS INHÁBILES LOS SEÑALADOS Y EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN PLAZOS Y TÉRMINOS DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS ATENDIDOS POR LA VENTANILLA ÚNICA DE TRÁMITES (VUT), EL CENTRO DE SERVICIOS Y ATENCIÓN CIUDADANA (CESAC), LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA (UT) Y LOS DIVERSOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE SUBSTANCIAN EN FORMA DE JUICIO ANTE LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS; EN TÉRMINOS DE LO QUE ESTABLECEN LOS DIVERSOS ORDENAMIENTOS LEGALES.

Se declaran inhábiles los días 08, 09, 10, 11, 14 y 15 de octubre 2024 para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Alcaldía La Magdalena Contreras de la Ciudad de México, como son la recepción de documentos e informes; la realización de trámites, actuaciones o diligencias; la emisión de resoluciones o acuerdos; el inicio, substanciación, desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de impugnación, solicitudes de información, solicitudes de derechos ARCO y sus medios de impugnación, así como para cualquier acto administrativo emitido por los servidores públicos adscritos al referido Órgano Político Administrativo que afecten la esfera jurídica de los particulares.

En consecuencia, se suspenden plazos y términos en los días antes señalados. La suspensión aplicará para las unidades administrativas de la Ventanilla Única de Trámites (VUT), el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), La Unidad de Transparencia (UT) y los diversos procedimientos administrativos que se substancian en forma de juicio ante la Alcaldía La Magdalena Contreras, en términos de lo que establecen los diversos ordenamientos legales.

Se excluye de lo dispuesto en el punto primero las materias señaladas en el artículo 1º, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, en cuyo caso se estará́ a lo dispuesto por la Ley de la materia específica de que se trate.

El Acuerdo entrará en vigor a partir del día de su publicación.

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